Contra las cuerdas

El fallo de la Cámara Nacional Electoral puso a los candidatos “testimoniales” contra las cuerdas: si no asumen sus cargos habrán traicionado la buena fe de los votantes y dañado las instituciones de la república.

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La Cámara Nacional Electoral autorizó las candidaturas del gobernador bonaerense Daniel Scioli y del jefe de gabinete Sergio Massa pero les advirtió que si en el futuro no cumplen el compromiso asumido con el electorado de ejercer las funciones legislativas para las que se postulan, habrán traicionado la confianza de los votantes y dañado las instituciones nacionales.

“Tales circunstancias importarían una inaceptable manipulación de las instituciones de la República, a la vez que una grave lesión al proyecto de Nación al que todos, electores y candidatos, deben tributar”, dijo la Cámara en un fallo que puso contra las cuerdas en términos éticos a Scioli, Massa y otros candidatos “testimoniales” presentados por el oficialismo.

La decisión fue suscripta por los camaristas Santiago Corcuera y Rodolfo Munné, con un dictamen en disidencia de Alberto Dalla Via, aún más duro con las actitudes de los candidatos impugnados.  Los jueces dijeron que no podían rechazar esas postulaciones sobre la base de sospechas, pero apelaron a la “sabiduría y prudencia del pueblo” a la hora de evaluar responsabilidades políticas.

Las candidaturas “testimoniales” fueron una creación del kirchnerismo para atraer votantes en el conurbano bonaerense, arena de la “madre de todas las batallas” según el jefe de esa corriente. Al carecer de figuras de prestigio para los cargos legislativos en juego, postuló en los primeros lugares a funcionarios nacionales, provinciales y municipales aún a sabiendas de que no asumirían.

La oposición entendió que esas candidaturas tenían “la ostensible finalidad de actuar como señuelo o carnada para ‘traccionar’ artificialmente la adhesión de los electores” y las impugnó. La acción fue rechazada sin demasiados argumentos por el juez electoral bonaerense Manuel Blanco, y la apelación llevó el caso a la Cámara Nacional Electoral.

Según los jueces Corcuera y Munné, “el ordenamiento electoral exige que, para la oficialización de una candidatura, el ciudadano cuya postulación se pretende manifieste de modo expreso su aceptación”. Y agregan: “Dicha aceptación supone naturalmente la intención de quien la suscribe de ejercer el cargo para el que se postula, en caso de resultar electo”.

“La consideración y decisión sobre la responsabilidad política de los gobernantes se encuentra atribuida exclusivamente a la sabiduría y prudencia del pueblo”.

Una candidatura sin esa intención representaría una defraudación al votante, y no podría ser oficializada: “Se habrá quebrantado la relación representante-representado que nuestros constituyentes han plasmado en la letra y en el espíritu de la Constitución Nacional y asimismo configurará un apartamiento ético, con la consiguiente desazón que producirá en parte del electorado”, dice el fallo.

Observa además que “la aceptación de una candidatura a un cargo representativo no constituye una mera formalidad sino que representa un compromiso de quien la presta frente al electorado respecto de su ulterior comportamiento”.

Ese compromiso fue ratificado en la causa primero por el apoderado del partido y luego por los propios Scioli y Massa por vía de una declaración escrita, “sin que quepa atribuir a la palabra ‘eventualmente’ utilizada en ese escrito -dice la sentencia- otro sentido que no sea el de hallarse sujeto a un evento; en este caso el resultado de la elección”.

Señalan los magistrados que no pueden obrar contra los impugnados sobre la base de sospechas, por muy fundadas que sean, y que en todo caso deben atenerse al principio de “buena fe” al evaluar los dichos de los impugnados. Reconocen que esto no protege a la ciudadanía del riesgo de ser defraudada, pero dan a entender que tampoco puede aquella descargar sus responsabilidades en la justicia.

En casos como el que se plantea, dicen los jueces, se encuentra en juego la cuestión de la responsabilidad política. “En el sistema representativo, la consideración y decisión sobre la responsabilidad política de los gobernantes se encuentra atribuida exclusivamente a la sabiduría y prudencia del pueblo que integra el cuerpo electoral”, subrayan.

“Es deber de los jueces ejercer su función de control para que tales prácticas no se propaguen hacia el futuro.”

El juez Dalla Via considera en cambio que la justicia tiene algo que decir, especialmente cuando se encuentra frente a circunstancias que configuran lo que describe como “abuso del derecho”, esto es cuando se lo ejerce “de manera contraria al fin de la institución” como sería el caso de quien se propone para un cargo representativo y, una vez obtenida la representación, no la ejerce.

“La oferta electoral presupone un compromiso de carácter político por parte de quien la propone y si bien el vínculo jurídico-político de la representación se perfecciona con el sufragio, no pueden desconocerse las consecuencias que de la oferta electoral derivan en cuanto a los derechos y expectativas de los ciudadanos”, dice el magistrado

“Si resulta reprochable el incumplimiento de una oferta electoral expresada en una plataforma -agrega en su dictamen en disidencia-, tanto más reprochable resulta, por lo tanto, la postulación a una candidatura que no se está dispuesto asumir; y ese compromiso forma parte de los procesos políticos cuya legitimidad el fuero electoral está llamado a proteger y preservar”.

Para Dalla Via, las candidaturas llamadas testimoniales “son manifiestamente inadmisibles ya que ‘quiebran’ el sistema representativo instituido en la Constitución Nacional debido a que se proponen como candidatos pero no como representantes del pueblo”. Considera por lo tanto que es “deber de los jueces ejercer su función de control para que tales prácticas no se propaguen hacia el futuro”.

El magistrado llama la atención sobre “el manifiesto estado de incertidumbre que existe en la opinión pública sobre la voluntad de asumir por parte de los candidatos cuestionados”, y dice que la ambigüedad de su declaración ante el propio tribunal “no permite extraer una clara manifestación sobre su voluntad de asumir los cargos y tanto menos permite interpretarlas de modo afirmativo”.

“Existe un límite o punto de inflexión entre un candidato que manifiesta su voluntad de asumir un cargo y después no lo hace por alguna razón accidental o imprevisible o en caso de renuncia y otros que –como en este caso- han generado dudas sobre esa voluntad al considerarse primero que se trataban de ‘candidatos testimoniales’ para pasar luego a una actitud elusiva al respecto”.

Después de este fallo, Scioli y Massa deberán asumir las funciones para las que resulten electos, o cargar con el peso de las acusaciones que la justicia electoral ha puesto sobre ellos si no lo hacen. La ciudadanía, por su lado, deberá empeñar su “sabiduría y prudencia” o cargar con la responsabilidad de haber entregado el voto a quienes generan dudas acerca de sus propósitos.

El dictamen en disidencia de Dalla Via abrió el camino para que la sentencia sea apelada y llegue a la Corte Suprema. Considerados en su conjunto, los dos pronunciamientos aportan ricos elementos doctrinarios para la consideración del alto tribunal. La Corte tomará el caso pero difícilmente falle antes de las elecciones del 28 junio.

–Santiago González

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2 opiniones en “Contra las cuerdas”

  1. La advertencia de la cámara no podría ser más clara: está en el electorado no dejarse tomar el pelo. Y sin embargo, gracias a “la pata” de los medios, el fallo fue divulgado como una ratificación plena. Sumémoslo a los porcentajes de las encuestas y… habrá que postergar nuevamente las expectativas de cambio hasta el siguiente proceso electoral.

    1. Después del 28 seguramente vamos a ver una composición diferente de las cámaras legislativas, más allá del éxito que puedan tener las candidaturas “testimoniales”. La oposición ha prometido terminar con los superpoderes y restablecer la integridad de Consejo de la Magistratura, y esto de por sí mejora las expectativas. El problema serio lo tendremos, me parece, en el 2011. Gracias por su comentario.

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